Plan Asociado
Actualización: 01/09/2008
Empresa:
Agrupació Mútua
Oficina Central:
Gran Via Corts Catalanes Claris, 621 (08010)
Barcelona, Barcelona
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902 095 310 Extensión: 02120
93334...Ver fax
Descripción
El Plan Asociado le permite escoger entre dos modalidades de ahorro: Básica: inversión mixta (mayoritaria en renta fija). Ideal para obtener una buena rentabilidad a medio plazo. Incorpora una parte de renta variable en las inversiones (hasta un máximo del 30%). Ideal para aquellas personas que prevén su pensión a medio o largo plazo. Jubilación Asegurada: le garantiza siempre su capital y una rentabilidad mínima del 2% anual. Le permite añadir Vida Asegurada*, un seguro de vida tradicional en el que el coste de las primas se añade a las aportaciones hechas al Plan de Pensiones, de manera que también se podrán desgravar en la declaración de la renta. Sólo se podrán percibir las prestaciones del plan cuando se produzca alguna de las contingencias previstas: jubilación del partícipe, invalidez o fallecimiento. No obstante, los derechos consolidados (ahorro acumulado) también podrán hacerse efectivos en los supuestos de enfermedad grave y desempleo de larga duración. Las prestaciones se pueden percibir en forma de capital o de renta, o combinando ambas modalidades (capital/renta). La renta podrá ser asegurada o no asegurada, adecuando su importe y temporalidad según las necesidades del beneficiario. Puede abrir su plan de pensiones a partir de 60 € y realizar sus aportaciones cuando lo desee: anual, semestral, trimestral o mensualmente, o bien sin ninguna periodicidad, cuando usted lo prefiera. Puede hacer sus aportaciones a uno u otro plan y realizar traspasos entre planes de la entidad sin ningún gasto. La aportación máxima anual es la menor de las siguientes: Menores de 50 años: 10.000 € o 30% de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidas individualmente en el ejercicio. Mayores de 50 años: 12.500 € o el 50% de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidas individualmente en el ejercicio. Pueden realizarse aportaciones a favor de familiares con un grado de minusvalía igual o superior al 65%, con un régimen fiscal favorable y compatible con los propios planes personales. Igualmente, las personas cuyo cónyuge obtenga rendimientos netos inferiores a 8.000 €, podrán reducir en su base imponible las aportaciones realizadas a planes de pensiones de los que sea partícipe dicho cónyuge, con el límite de 2.000 €. Quién puede contratar: Cualquier persona física residente en España que tenga NIF o NIE, cuya edad sea superior a los 16 años.
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