Plan de Previsión Asegurado
Actualización: 27/10/2010
Empresa:
Agrupació Mútua
Oficina Central:
Gran Via Corts Catalanes Claris, 621 (08010)
Barcelona, Barcelona
Gran Via Corts Catalanes Claris, 621 (08010)
Barcelona, Barcelona
902 095 310 Extensión: 02120
93334...Ver fax
Descripción
El Plan de Previsión Asegurado es un producto de ahorro que le permite complementar su jubilación. Posee las mismas ventajas fiscales que los planes de pensiones, pero se formaliza mediante un seguro de vida y le ofrece una rentabilidad mínima garantizada revisable trimestralmente. El Plan de Previsión Asegurado es ideal para personas que quieran constituir un patrimonio sin correr riesgos y disfrutar de una rentabilidad asegurada. También es muy interesante para personas que necesiten desgravar el máximo posible en la declaración de la renta. Puede abrir su Plan de Previsión Asegurado a partir de 50 € al mes y realizar sus aportaciones cuando lo desee: anual, semestral, trimestral o mensualmente, o bien sin ninguna periodicidad, cuando usted lo prefiera. La aportación máxima anual es la menor de las siguientes: Menores de 50 años: 10.000 € o 30% de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidas individualmente en el ejercicio. Mayores de 50 años: 12.500 € o el 50% de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidas individualmente en el ejercicio. Sólo se podrán percibir las prestaciones del plan cuando se produzca alguna de las contingencias previstas: jubilación del partícipe, invalidez o fallecimiento. No obstante, la provisión matemática (ahorro acumulado) también podrá hacerse efectiva en los supuestos de enfermedad grave y desempleo de larga duración. El importe de las prestaciones a percibir será del 100% de la provisión matemática alcanzada en caso de jubilación o invalidez y del 105% de la provisión matemática en caso de fallecimiento. Este capital adicional a la provisión matemática será como mínimo de 500 € y como máximo de 10.000 €. Las prestaciones se pueden percibir en forma de capital o de renta, o combinando ambas modalidades (capital/renta). La renta podrá ser asegurada o no asegurada, adecuando su importe y temporalidad según las necesidades del beneficiario.
Pueden realizarse aportaciones a favor de familiares con un grado de minusvalía igual o superior al 65%, con un régimen fiscal favorable y compatible con los propios planes personales. Igualmente, las personas cuyo cónyuge obtenga rendimientos netos infer
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