Plan Futuro
Actualización: 01/09/2008
Empresa:
Agrupació Mútua
Oficina Central:
Gran Via Corts Catalanes Claris, 621 (08010)
Barcelona, Barcelona
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902 095 310 Extensión: 02120
93334...Ver fax
Descripción
Invierte en renta variable (mínimo 75%). Está diseñado especialmente para personas jóvenes que quieren maximizar la rentabilidad de su plan a largo plazo o con un perfil inversor dinámico que acepte las variaciones de la renta variable durante determinados períodos.
Sólo se podrán percibir las prestaciones del plan cuando se produzca alguna de las contingencias previstas: jubilación del partícipe, invalidez o fallecimiento. No obstante, los derechos consolidados (ahorro acumulado) también podrán hacerse efectivos en los supuestos de enfermedad grave y desempleo de larga duración. Las prestaciones se pueden percibir en forma de capital o de renta, o combinando ambas modalidades (capital/renta). La renta podrá ser asegurada o no asegurada, adecuando su importe y temporalidad según las necesidades del beneficiario. Puede abrir su plan de pensiones a partir de 60 € y realizar sus aportaciones cuando lo desee: anual, semestral, trimestral o mensualmente, o bien sin ninguna periodicidad, cuando usted lo prefiera. Puede hacer sus aportaciones a uno u otro plan y realizar traspasos entre planes de la entidad sin ningún gasto. La aportación máxima anual es la menor de las siguientes: Menores de 50 años: 10.000 € o 30% de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidas individualmente en el ejercicio. Mayores de 50 años: 12.500 € o el 50% de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidas individualmente en el ejercicio. Pueden realizarse aportaciones a favor de familiares con un grado de minusvalía igual o superior al 65%, con un régimen fiscal favorable y compatible con los propios planes personales. Igualmente, las personas cuyo cónyuge obtenga rendimientos netos inferiores a 8.000 €, podrán reducir en su base imponible las aportaciones realizadas a planes de pensiones de los que sea partícipe dicho cónyuge, con el límite de 2.000 €. Quién puede contratar: Cualquier persona física residente en España que tenga NIF o NIE, cuya edad sea superior a los 16 años.
Sólo se podrán percibir las prestaciones del plan cuando se produzca alguna de las contingencias previstas: jubilación del partícipe, invalidez o fallecimiento. No obstante, los derechos consolidados (ahorro acumulado) también podrán hacerse efectivos en los supuestos de enfermedad grave y desempleo de larga duración. Las prestaciones se pueden percibir en forma de capital o de renta, o combinando ambas modalidades (capital/renta). La renta podrá ser asegurada o no asegurada, adecuando su importe y temporalidad según las necesidades del beneficiario. Puede abrir su plan de pensiones a partir de 60 € y realizar sus aportaciones cuando lo desee: anual, semestral, trimestral o mensualmente, o bien sin ninguna periodicidad, cuando usted lo prefiera. Puede hacer sus aportaciones a uno u otro plan y realizar traspasos entre planes de la entidad sin ningún gasto. La aportación máxima anual es la menor de las siguientes: Menores de 50 años: 10.000 € o 30% de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidas individualmente en el ejercicio. Mayores de 50 años: 12.500 € o el 50% de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidas individualmente en el ejercicio. Pueden realizarse aportaciones a favor de familiares con un grado de minusvalía igual o superior al 65%, con un régimen fiscal favorable y compatible con los propios planes personales. Igualmente, las personas cuyo cónyuge obtenga rendimientos netos inferiores a 8.000 €, podrán reducir en su base imponible las aportaciones realizadas a planes de pensiones de los que sea partícipe dicho cónyuge, con el límite de 2.000 €. Quién puede contratar: Cualquier persona física residente en España que tenga NIF o NIE, cuya edad sea superior a los 16 años.
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