Seguro de Dependencia
Actualización: 05/02/2010
Empresa:
Mutuam M.P.S.
Oficina Central:
Ausiàs March, 39-41 (08010)
Barcelona, Barcelona
Ausiàs March, 39-41 (08010)
Barcelona, Barcelona
90201...Ver teléfono
Descripción
A través del Seguro de Dependencia garantizamos una indemnización económica y una prestación de servicios en el supuesto de que la persona sufra una situación de alta dependencia causada por una enfermedad.
Existen diferentes modalidades de contratación en función de la indemnización económica que se quiera recibir y el periodo de tiempo durante el que se cobrará indemnización.
Modalidad primera: Para tener derecho a la indemnización la persona protegida deberá estar declarada médicamente en situación de alta dependencia valorada en menos de 20 puntos según el baremo establecido y estar ingresado en un centro sociosanitario. La prestación ampara un período de cobro de indemnización de 30 meses (dos años y medio).
Modalidad segunda: Para cobrar la indemnización la persona debe haber sido declarada médicamente en situación de alta dependencia, valorada en menos de 25 puntos según el baremo establecido. El periodo de cobro es de 40 meses (3 años y 4 meses).
Modalidad tercera: Para cobrar la indemnización la persona debe haber sido declarada médicamente en situación de alta dependencia, valorada en menos de 30 puntos según el baremo establecido. El periodo de cobro es de 50 meses (4 años y 2 meses).
La indemnización se realiza mensualmente mediante el reembolso, hasta el límite de la cantidad asegurada, del 80 % de las facturas correspondientes a los gastos necesarios para paliar la situación de dependencia.
Grupos suscritos: Cada grupo suscrito garantiza una indemnización mensual de 150 euros.
Cuotas: Las cuotas pueden abonarse mensualmente, trimestralmente, semestralmente o anualmente y crecen un 2,5 % cada anualidad. Varían en función de la edad en el momento de contratar el seguro y de la modalidad contratada.
Existen diferentes modalidades de contratación en función de la indemnización económica que se quiera recibir y el periodo de tiempo durante el que se cobrará indemnización.
Modalidad primera: Para tener derecho a la indemnización la persona protegida deberá estar declarada médicamente en situación de alta dependencia valorada en menos de 20 puntos según el baremo establecido y estar ingresado en un centro sociosanitario. La prestación ampara un período de cobro de indemnización de 30 meses (dos años y medio).
Modalidad segunda: Para cobrar la indemnización la persona debe haber sido declarada médicamente en situación de alta dependencia, valorada en menos de 25 puntos según el baremo establecido. El periodo de cobro es de 40 meses (3 años y 4 meses).
Modalidad tercera: Para cobrar la indemnización la persona debe haber sido declarada médicamente en situación de alta dependencia, valorada en menos de 30 puntos según el baremo establecido. El periodo de cobro es de 50 meses (4 años y 2 meses).
La indemnización se realiza mensualmente mediante el reembolso, hasta el límite de la cantidad asegurada, del 80 % de las facturas correspondientes a los gastos necesarios para paliar la situación de dependencia.
Grupos suscritos: Cada grupo suscrito garantiza una indemnización mensual de 150 euros.
Cuotas: Las cuotas pueden abonarse mensualmente, trimestralmente, semestralmente o anualmente y crecen un 2,5 % cada anualidad. Varían en función de la edad en el momento de contratar el seguro y de la modalidad contratada.
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